Telatiroplena.com, periodismo serio, social y humano
- El Acuerdo 009 de 2020, aprobado por el Concejo Distrital, otorga nuevamente beneficios a contribuyentes en mora con tributos distritales.
- Con el acuerdo del Concejo se actualiza el Estatuto Tributario Distrital para contribuyentes que se acojan al Régimen Simple de Tributación, entre otros aspectos.
Un nuevo plazo para que los contribuyentes de impuestos distritales se pongan
al día con sus obligaciones fue otorgado por el Concejo Distrital de
Barranquilla a través de un artículo transitorio incluido en el Acuerdo 009 del
27 de noviembre de 2020.
Con el fin de continuar con el alivio de la situación económica de los
contribuyentes y generar mayor liquidez al Distrito para atender los
gastos ocasionados por la emergencia sanitaria y para ejecutar las inversiones
proyectadas en el Plan de Desarrollo 2020 – 2023, los concejales decidieron
reactivar el beneficio tributario que ofrecía el Decreto Legislativo 678 de
2020, declarado inexequible por la Corte Constitucional que argumentaba,
precisamente, que esta decisión correspondía a los concejos municipales y
distritales y no al Gobierno nacional.
De esta manera, hasta el próximo 31 de diciembre, quienes tengan obligaciones
pendientes de 2019 y vigencias anteriores podrán pagar únicamente el 90% del
capital, ahorrándose el 10% restante y el 100% de los intereses y sanciones
acumulados a la fecha. Y quienes aún no hayan pagado los impuestos de la
vigencia actual, 2020, podrán pagar el 100% del capital, pero sin intereses ni
sanciones.
El beneficio es aplicable a los impuestos, tasas y contribuciones distritales,
entre estos el impuesto predial unificado, valorización 2005 y 2012, el
impuesto de industria y comercio y la tasa de derecho de tránsito.
Una nueva oportunidad para los barranquilleros de quedar al día en materia
tributaria que, en definitiva, le permite al Distrito seguir recuperando
cartera al cierre de la vigencia fiscal 2020 y cumplir así con las metas de
recaudo planteadas, teniendo en cuenta que las rentas tributarias representan
una fuente principal de ingresos para los planes de la administración y el
balance de las finanzas distritales.
Barranquilla contará
con Régimen Simple de Tributación
El Acuerdo 009 de 2020 permitió la actualización del Estatuto Tributario del
Distrito de Barranquilla para los contribuyentes que se acojan al Régimen
Simple de Tributación establecido por la Ley 2010 de 2019, cuyo propósito es
reducir las cargas formales y sustanciales de los contribuyentes del impuesto de
industria y comercio, facilitar el cumplimiento de esta obligación e impulsar
la formalización en la ciudad.
El Régimen Simple de Tributación, que se declara anualmente y se paga
bimestralmente, integra en un solo impuesto a seis diferentes tributos: 1.
impuesto de renta, 2. impuesto nacional al consumo, 3. impuesto de ganancia
ocasional, 4. impuesto de industria y comercio, 5. impuesto de avisos y
tableros y 6. sobretasa bomberil.
El gerente de Gestión de Ingresos del Distrito, Fidel Castaño Duque, explicó
que el recaudo lo hace la DIAN y lo distribuye la Dirección General del Tesoro
a cada una de las entidades municipales o distritales en donde el contribuyente
ejerza su actividad económica, de acuerdo con lo que a cada una le corresponde
y teniendo en cuenta la información que cada contribuyente entrega al presentar
su declaración.
Uno de los beneficios es que se pueden descontar los pagos realizados por el
empleador al Sistema General de Pensiones y el 0.5 de los pagos que reciba a
través de medios electrónicos. El requisito para acceder al régimen simple es
que los ingresos brutos anuales de las actividades económicas deben ser máximo
de 80.000 UVT (unidades de valor tributario) que equivalen a 2.848 millones de
pesos.
“Este tributo va a facilitarle a los contribuyentes el cumplimiento de sus
obligaciones y va a reducir los costos administrativos que tiene el Distrito al
recaudar y controlar estos impuestos”, apuntó Castaño.
Otros aspectos aprobados por el Concejo
- Se establece el procedimiento de notificación electrónica de todas las actuaciones administrativas de la administración tributaria distrital a través de los medios digitales, establecidos por la Ley 2010 de 2019. Esto les permite a los contribuyentes tener información clara e inmediata sobre las actuaciones de la administración tributaria y, a su vez, generará una importante reducción de costos administrativos relacionados con estos procesos.
- Se prorroga la exención que tienen los contribuyentes del impuesto predial, impuestos de valorización e impuesto delineación urbana, en los predios ubicados en zona de alto riesgo, especialmente los del sector de Campo Alegre, afectados por la emergencia invernal del año 2010. La prórroga será hasta 2023 y aplica a los predios que al 27 de noviembre de 2020 se les haya reconocido este beneficio.