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Empresas deben cumplir a cabalidad los protocolos de bioseguridad establecidos para el sector transporte, que figuran en las Resoluciones 666 y 677, modificadas por las Resoluciones 1537 y 2475 de 2020.
Mediante
la Resolución 0241, en concordancia con la 2475 de 2020, expedida por el
Ministerio de Salud y Protección Social para el manejo y control del riesgo del
COVID-19 en el sector transporte, el Área Metropolitana de Barranquilla
autorizó aumentar hasta un 70% la capacidad de ocupación del transporte público
terrestre colectivo y masivo.
La decisión tomada por el Gobierno nacional se adoptó teniendo en cuenta la
reactivación económica del país y atendiendo las condiciones actuales de la
pandemia, en virtud del análisis elaborado por el Comité Asesor de Evaluaciones
Intervención COVID19.
La Resolución 2475 de 2020 recomienda a conductores, operadores y
concesionarios mantener ventilados los vehículos y en trayectos largos los
sistemas de aire acondicionado deben tener técnicas de filtrado y con
mínima recirculación que permitan que el aire se renueve cada 15 minutos.
Así mismo, recuerda a los usuarios el uso obligatorio del tapabocas,
desinfección permanente de manos con antibacterial, no comer dentro de los
recorridos y evitar las aglomeraciones en los paraderos y estaciones de los
sistemas masivos de transporte.
El director del AMB, Libardo García Guerrero, explicó que, a través de la
Subdirección de Transporte de la entidad y su equipo de inspectores, de
reforzarán las tareas de registro y control para garantizar la prestación
del servicio con las medidas dispuestas en los protocolos de bioseguridad
establecidos para el sector transporte.
“No podemos bajar la guardia en las medidas de autocuidado para mitigar la
propagación del COVID-19. Nuestra misión como autoridad de transporte para el
colectivo y el sistema masivo es velar por la prestación de un servicio seguro
y confiable para los usuarios”, estimó García Guerrero.