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Empresas deben cumplir a cabalidad los protocolos de bioseguridad establecidos para el sector transporte, que figuran en las Resoluciones 666 y 677, modificadas por las Resoluciones 1537 y 2475 de 2020.

Mediante la Resolución 0241, en concordancia con la 2475 de 2020, expedida por el Ministerio de Salud y Protección Social para el manejo y control del riesgo del COVID-19 en el sector transporte, el Área Metropolitana de Barranquilla autorizó aumentar hasta un 70% la capacidad de ocupación del transporte público terrestre colectivo y masivo.

La decisión tomada por el Gobierno nacional se adoptó teniendo en cuenta la reactivación económica del país y atendiendo las condiciones actuales de la pandemia, en virtud del análisis elaborado por el Comité Asesor de Evaluaciones Intervención COVID19.

La Resolución 2475 de 2020 recomienda a conductores, operadores y concesionarios mantener ventilados los vehículos y en trayectos largos los sistemas de aire acondicionado deben tener técnicas de filtrado y con mínima recirculación que permitan que el aire se renueve cada 15 minutos.

Así mismo, recuerda a los usuarios el uso obligatorio del tapabocas, desinfección permanente de manos con antibacterial, no comer dentro de los recorridos y evitar las aglomeraciones en los paraderos y estaciones de los sistemas masivos de transporte.

El director del AMB, Libardo García Guerrero, explicó que, a través de la Subdirección de Transporte de la entidad y su equipo de inspectores, de reforzarán las tareas de registro y control para garantizar la prestación del servicio con las medidas dispuestas en los protocolos de bioseguridad establecidos para el sector transporte.

“No podemos bajar la guardia en las medidas de autocuidado para mitigar la propagación del COVID-19. Nuestra misión como autoridad de transporte para el colectivo y el sistema masivo es velar por la prestación de un servicio seguro y confiable para los usuarios”, estimó García Guerrero.