Telatiroplena.com, periodismo serio, social y humano

Por: GASPAR HERNÁNDEZ CAAMAÑO.

EL ACTOR POPULAR DEL PROCESO PENAL.

“Considero pertinente, con mucho respeto, que en la próxima columna a manera de adenda hiciera una breve reseña de su participación en ese proceso penal”

Mi profesor de la asignatura “contratos estatales“, en la Facultad de Derecho de la Universidad Libre, seccional Barranquilla, fue el difunto Dr. Adalberto Sereno Caballero quien, en un gesto de generosidad y amistad, me vendió “a precio de gallina flaca” sus libros de derecho penal, los cuales empasté y conservé durante buen tiempo, hasta que decidí obsequiarlos, con otros, a la biblioteca de la Defensoría del Pueblo, a instancia de colegas como Fredy Fernández y Alfonso Palomino.

Las enseñanzas del derecho francés del servicio público impartidas por Adalberto y el regalo bibliográfico moldearon, inconscientemente, mi formación en el Pre-grado, pues terminé redactando la monografía de grado sobre: “El régimen penal de la contratación estatal en Colombia“. Es decir, cómo la Ley 80 de 1993 modificó algunos delitos contra la Administración Pública, agravándolos y aumentándoles las penas. Me gustaba mucho esa fusión entre penal y administrativo, hasta el punto que cursé becado una especialización en el segundo y del primero hice un curso de procedimiento en “La Nacho”, cubierto por mis primeros honorarios como penalista. Me hacen sonreír estos recuerdos.

Estas reminiscencias académicas me vienen a cuento por lo siguiente: el Dr. Sereno como abogado fue asesor legal del Despacho del alcalde Bernardo Hoyos Montoya, en su segunda administración. Y como tal suscribió el contrato adicional y/o accesorio de obra pública celebrado para concluir la remodelación del antiguo banco de la república, del Paseo Bolívar, y convertirlo en la Sede Central de la Alcaldía Distrital de Barranquilla. Remodelación que le costó una suma millonaria al Distrito. Tan alta que con ella podría construirse un edificio nuevo e inteligente. Hoy los servicios del Distrito están “descentralizados” en diferentes zonas de la ciudad.

Por esa contratación irregular, en la que mi profesor “pusó su firma”, como asesor, seguida de la del alcalde titular, la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia confirmó, en sentencia de fecha 7 de septiembre pasado, con ponencia del Magistrado Dr. Fernando Bolaños, la condena impuesta, en Bucaramanga, al ex-alcalde. Al morir el Dr. Sereno se extinguió la acción penal en su contra.

Cuento estos recuerdos, no gratos a la memoria, porque el director del Portal me ha sugerido, con el debido respeto, que comente a manera de adenda mi participación en ese controvertido proceso penal donde fueron enjuiciados, entre otros, dos ex-alcaldes, ex-secretarios de hacienda, contratista, interventores de la obra y otros ex-empleados del Distrito durante los gobiernos del extinto “movimiento ciudadano“. Es decir, que relate la historia íntima de una condena penal, de la que los diarios El Tiempo y El Heraldo han publicado la noticia judicial, sin la identificación de redactor alguno.

Entonces, vamos por parte, porque esta es, “amigos del mundo entero”, una historia inédita para la memoria de lectores del siglo XXI. Historia que se puede contar, por capítulos, ya que está documentada en un expediente de muchísimos folios, cuya lectura puede ser fuente hasta para una tesis doctoral como: Cómo intentar escapar de la justicia y terminar atrapados en su ceguera de diosa. ¡Vaya título!

¿Cómo llegue al proceso penal?

Fui asesor legal del Despacho de la Contraloría Distrital de Barranquilla durante la gestión de los ex-contralores Dres. Daniel García, Jorge Epalza y Luis Montalvo. Ese órgano de control realizó una investigación fiscal a la contratación, sin licitación pública, de las obras de remodelación del edificio, de arquitectura francesa, del Banco de la República, encontrando serías irregularidades en la misma, las cuales se comunicaron tanto a la Procuraduría y a la Fiscalía, luego de abrir un proceso de responsabilidad fiscal.

Redacté, a instancia del titular, la demanda de constitución de parte civil de la Contraloría Distrital, en el proceso penal abierto por la Fiscalía seccional contra el alcalde Hoyos y su equipo de gobierno, del que hizo parte el economista Guillermo Honeigsberg. Para ello debí leer todos los detalles encontrados en la indagación fiscal, entre ellos: la existencia de un contrato accesorio y/o adicional cuyo valor era superior al principal. ¡Tamaña perla! Para esa época yo cargaba, subrayado, el texto de Vidal Perdomo sobre “el contrato de obra pública“, editado por El Externado. Era como una pequeña “Biblia”. Amen.

¿Cómo hice parte del proceso inicial?

La demanda fue admitida reconociendo a la Contraloría Distrital como parte civil por mandato legal. Y allí comenzó la batalla jurídica: lograr que vincularán mediante indagatoria al alcalde hoyos y demás denunciados. En la Fiscalía “nadie le quería poner el cascabel al gato”. Ante tanta insistencia, una fiscal mujer -vecina mía de El Santuario- ordenó las indagatorias. Y el proceso penal se convirtió en la noticia judicial de esos tiempos, donde un ex-contralor subía las escaleras de la vieja Alcaldía con un revolver exhibido en el bolsillo derecho del pantalón. Como para una película del Chicago de los años de “Al Capone”. Por ese pesado ambiente judicial-político se pidió, por la Contraloría Distrital, que el caso fuera declarado de interés nacional. Acogida la petición fue enviado a la Unidad Nacional Anticorrupción de la Fiscalía General de la Nación para continuar con la investigación penal.

Mi contrato de asesor no fue renovado por el contralor que reemplazo al Dr. Montalvo. Y desaparecí “del mapa”, mientras en Bogotá el proceso fue creciendo en pruebas técnicas y se definieron situaciones jurídicas a los investigados, entre ellos al ex-jefe de presupuesto de la secretaria de Hacienda Distrital, economista Guillermo Hoenigsberg Bornacelly, más tarde alcalde por voto popular.

¿Cómo me convertí en actor popular del proceso penal?

guillo” como llamaban a Hoenigsberg en la cafetería de la Universidad del Atlántico de “20 de Julio”, su “fanaticada” de la juco (Juventud Comunista), donde fuimos estudiantes en los años 70s, postuló su nombre a la Alcaldía Distrital para reemplazar, en dicho cargo al prestigioso neuro-cirujano Dr. Humberto Caiaffa Rivas, de quien había sido asesor político en sus campañas y me vinculó como asesor legal del Despacho para revisar la contratación de obras públicas y la concesión de los impuestos distritales a una firma de derecho privado, de cuyo nombre no quiero acordarme. Fue una labor de arqueólogo legal donde mis saberes eran los aprendidos de la mano del Dr. Sereno Caballero. ¡Gran ser humano!

Pero para esa época dedicada al litigio ponderado y a la academia Unilibrista, me visitaron en la oficina dos concejales distritales conocidos. Uno, el hijo de mi vecina Doña Elsa; el otro un joven ex-fiscal hoy privado de la libertad por decisión, también, de la Corte Suprema de Justicia. Fueron a proponerse ser abogado de esa Corporación co-administradora en el proceso penal que se adelantaba en Bogotá por el caso del Banco de la República, como lo denominó la radio y la prensa. Señale mis honorarios y me ordenaron redactar el contrato de prestación de servicios profesionales. Lo que hice, pero nunca llevaron ni el cheque del anticipo ni regresaron por la minuta del prometido contrato. Así que me quedé como “la novia de Barranca”: esperando a mis prometedores ediles, ambos del Glorioso Partido de “Azul de mitíleno“.

Días después, el Alcalde me invitó a almorzar en el Despacho en el noveno piso de la nueva Alcaldía del Paseo Bolívar, el remodelado Banco de la República. Luego de la ligera vianda, el burgomaestre sacó, como de un cubilete, unos documentos y me los entregó, pidiéndome los leyera y le comentara mi lectura. Eran las providencias en las que una Fiscal -otra mujer- de la Unidad Nacional Anticorrupción había resuelto la situación jurídica de los indagatoriados por el caso “Banco de la República”, entre ellos el ex-secretario de Hacienda Distrital, Guillermo Hoenisberg, quien ya era candidato oficial del “movimiento ciudadano” a la Alcaldía, dictando medidas de aseguramiento, que fueron recurridas en masa. Es decir, no estaban ejecutoriadas. No podían cumplirse, para entonces.

Entendí el mensaje. Leí las providencias y presenté mi opinión jurídica al Sr. Alcalde que había dado poder a un ex-Registrador del Estado Civil, radicado en Bogotá, para que se constituyera como parte civil, en representación del Distrito de Barranquilla en ese controvertido y controversial proceso penal que agitaba la vida político-electoral de la ciudad y era ya connotación nacional. La demanda de parte civil del Distrito tuvo inconvenientes, que no recuerdo con precisión. Pero solicité que me facilitaran copia del expediente, el cual llegó en varias cajas de cartón por su volumen. El período constitucional del Alcalde finalizó y el nuevo Representante Legal del Distrito, victima en el proceso penal, se posesionó. Era “guillo” Hoenigsberg. Obvio, mi contrato también se acabó. El sindicado lo que requería era un defensor, no un abogado para representar los intereses de la víctima: ¡Oh Parádoja! el Distrito de Barranquilla.

Así que sin vinculación alguna con el Distrito y con el voluminoso expediente, que no cabía en gaveta alguna de la oficina, decidí leerlo en tiempos de reposo laboral, saboreando un destilado escocés y fumando habano como Cabrera Infante, Caín, en Londres. Leí esa foliatura de novela rusa, bajo la inquietud de hacer algo que permitiera que las decisiones penales de la Fiscalía no naufragaran. Y entonces fueron importantes las enseñanzas recibidas en “La Nacho” sobre el nuevo procedimiento penal contenido en la Ley 600 del 2000, cuyo artículo 45 contempló la figura del actor popular para representar a la víctima de la conducta delictuosa, que en este asunto era un daño evidente a bienes colectivos.  La norma procesal citada establecía que: “sólo  podrá actuar un ciudadano y será reconocido quien primero se constituya“. Yo fuí “el pepe” y el “úniqueño”.

Es oportuno expresar que la Asamblea Constituyente consagró, en la nueva Constitución Política, las acciones populares para garantizar derechos colectivos como la moralidad administrativa. Así que la nueva Legislación Procesal Penal incorporó la figura del actor popular como representante de la comunidad en el proceso penal en búsqueda de la verdad, la reparación y la no repetición.

Bajo esa figura, desaparecida en la legislación penal vigente, rearme la demanda de constitución de parte civil, pero desde la perspectiva de actor popular, pues ní el Distrito ní la Contraloría se legitimaron para actuar por, presumo, evidente “conflicto de intereses”. La demanda fue admitida y fui reconocido, para sorpresa de muchos “incrédulos del terruño”, como sujeto procesal.  Logrando a punta de memoriales que las medidas de aseguramiento y el llamamiento a juicio proferidas por la fiscal anticorrupción fueran confirmadas, tanto por la Fiscalía ante el Tribunal de Bogotá como la de la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, a donde había llegado el caso por la condición de procesado del alcalde distrital, en ejercicio. Además, que el juicio público contra el alcalde Hoenisgsberg fuera en Barranquilla. Otro “almendrón”: sentar a “guillo” como reo en el banquillo de los acusados. De novela alemana de la post-guerra.

Ese es otro de los capítulos de esta historia íntima ¿no les parece?. Y para contarla habrá que esperar otra señal de humo del Director. Mientras tanto aguzo los sentidos. Y espero leer la sentencia de la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia que acaba de ratificar la condena por los pe-culados en el caso del Edificio del Banco de la República del Paseo de Bolívar. ¿Será que alguien me la hace llegar?. ¡Muchas gracias!.

La próxima: La historia continua

Nota: El contenido de este artículo, es libre, espontáneo y de completa responsabilidad del Autor.