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Por Álvaro Del Castillo Cabrales.

Actualmente en Barranquilla y en la Región Caribe, no se le viene dando importancia al desempeño de los elementos estructurales de las edificaciones de todo tipo de uso, tanto residenciales, como las comerciales e institucionales y mucho menos se vienen cumpliendo la normativa vigente (Ley 400 de 1997 de estricto cumplimento en todo el territorio de la Nacional), en cuanto a criterios y requisitos mínimos para el diseño, construcción y supervisión técnica de edificaciones nuevas, así como de aquellas que demandan recuperación para beneficio de la comunidad (bienes de Interés Cultural, templos religiosos, Escenarios Deportivas y centros de Eventos) en razón de la latente amenaza sísmica,  desastres naturales o el uso constante de estas.

En cuanto a las edificaciones residenciales, y comerciales (centros comerciales, hoteles, entre otros) les vienen contratando personas sin idoneidad para su administración de en los temas de mantenimiento y conservación, quienes ejecutan actividades sin implementar planes de mantenimiento preventivo y correctivo, ni mucho menos un plan de trabajo que incluya tareas administrativas, financieras, contables y operacionales para tal fin.

Otro caso crítico es el de la edificaciones institucionales como de salud (privadas y públicas), entidades gubernamentales, instituciones policiales y militares, las cuales carecen en su mayoría, de estudios de vulnerabilidad sísmica y mantenimientos constante de carácter preventivos y correctivos, sumado al hecho de que y las autoridades encargadas de su vigilancia no están atentas para tomar medidas de protección frente a los altos niveles de vulnerabilidad sísmica y propender  por el debido mantenimiento capaz de resistir cualquier eventualidad de emergencia, bien sea por desastres naturales, eventos sísmicos o de emergencia sanitaria.

En cuanto a las edificaciones de interés culturales, templos religiosos, escenarios deportivos y centro de eventos tampoco tienen en su mayoría los estudios que incluyan posibles fenómenos de afectación estructurales y no estructurales, debido al comportamiento del suelo, microrganismos y usos. No existen edificaciones que puedan servir de albergues en cualquier situación de emergencia, ni mucho menos con recursos para su sostenibilidad durante el tiempo.

Por tal motivo es necesario tomar conciencia acerca del cuidado y conservación de las edificaciones, cumpliendo los requisitos mínimos para que estas sean capaces de resistir, las acciones de fuerzas naturales, las de uso continuo del ser humano, con el propósito de que al presentarse hechos adversos evitemos como mínimo, el riesgo de la pérdida de vidas humanas, y defendamos en lo posible el patrimonio de los ciudadanos y del Estado.

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