CONTROL Y VIGILANCIA NO ES RESPETAR LA AUTONOMÍA.

Por: GASPAR HERNANDEZ CAAMAÑO.

El ex-rector de la Universidad Nacional de Colombia, ingeniero Moisés Wasserman publicó, en febrero del 2012, en el diario El Tiempo, donde es columnista, un artículo bajo el título:”Qué es eso de autonomía universitaria?”, con el subtítulo de “Temas de la Ley de Educación”, en relación a un proyecto de Ley estatutaria de autonomía que, para entonces, había presentado la Asociación Colombiana de Universidades (Ascun).
He regresado a la lectura del profesor Wasserman, pues en época de vida académico-universitaria me intereso la historia, del hoy principio constitucional, de la autonomía universitaria, sobre la cual he planteado, tanto en la catedra como en otros escenarios, algunas reflexiones para incluir “la autonomía en el curriculum universitario“. Además, tal reflexión está publicada en un libro sobre dicho tema, editado por la Universidad Abierta y a la Distancia, UNAD.
En su mesurado artículo, el ex-rector da definiciones como consideraciones sobre dicha institución histórica. Wasserman dice:
“La autonomía universitaria es, ante todo, un reconocimiento social que en algunos países como el nuestro ha sido elevado a rango constitucional.”
Y agrega: “es un aseguramiento de la pertinencia de largo término sobre aquella derivada de políticas incidentales“.
Pero, lo que deseo resaltar del texto del ex-rector es que, para él, la Universidad
“hará sus mejores aportes si no es constreñida por las necesidades de corto plazo de gobiernos y de grupos políticos.” Para Wasserman, “la autonomía no es un privilegio exorbitante ni un anacronismo legal”. El artículo es, entonces, una auténtica lección para entender y respetar dicho principio constitucional.
Entonces, si sometemos desde estas perspectivas, lo sucedido en unas universidades oficiales del país, por ejemplo: La Nacional, La de Antioquia, La del Atlántico y en La Universidad Autónoma del Caribe, durante el pasado gobierno del “pacto histórico“, es evidente afirmar que la autonomía universitaria fue vulnerada repetida e impunemente. Demostrando un retroceso en la gobernabilidad universitaria.
El Ministerio de Educación Nacional, usando como falaz argumento la aplicación de normas de la Ley 1740 del 2014 (regulatoria de la facultad de inspección y vigilancia en Educacion Superior), removió rectores y designó otros, ajustados a la línea ideológica del Ejecutivo de entonces. Son evidentemente populares los casos de la Universidad Autónoma del Caribe, donde calientemente se arengó de volverla estatal, y la Universidad del Atlántico en la que se desconoció las competencias del Consejo Superior Universitario (con el silencio del Gobernador) para nombrar y remover rectores.
Recientemente, la Sala de Decisión Oral -sección B- del Tribunal De Lo Contencioso Administrativo del Atlántico, con ponencia del Magistrado Dr. Oscar Wilches, mediante Auto de fecha 26 de Agosto, se pronunció sobre peticiones del M.E.N. en un proceso de nulidad y restablecimiento del derecho, Radicado No.2026-00105-01, promovido por el actual Rector contra el Ministerio (La Nación) y la Universidad.
En el aparte de la providencia denominado “del caso concreto“, el Tribunal hace, entre otras consideraciones, las siguientes:
1)”Así, la transgresión normativa emerge ante la simple lectura del acto, pues la autoridad ministerial instrumentalizó una causal de calidad para intervenir un escenario de anormalidad académica(…) desbordando con ello el marco estricto de su competencia legal”.
2)”la Facultad excepcional conferida al Ministerio de Educación Nacional (…) no puede ser interpretada como una potestad omnímoda o ajena a las estrictas garantías del debido proceso, la legalidad y el principio de proporcionalidad“(ver pág. 8).
Ahora bien, en la Universidad Nacional se requirió, mediante demandas, la intervención del Consejo de Estado para que se respetará, por parte del Poder Ejecutivo, la designación de un rector por el Consejo Superior Universitario. Y en la Universidad de Antioquia existieron, en determinados momentos, dos rectores, el que impulso el Ministerio y el que había nombrado el Consejo Superior. Es decir, el poder autoritario del “pacto” gobernó universidades, sin atender su autonomía. ¿Dónde quedó la democracia constitucional?
Además, en el colmo de la desfachatez, se designó como delegada presidencial, ante el Consejo Superior de la Universidad Popular del Cesar, a una confesa imputada por delito de falsedad material e ideológica de títulos de Educación Superior. Más deshonra para el Principio de Autonomía Universitaria. Definitivamente, se requiere una catedra sobre autonomía para que los universitarios auténticos defiendan y garanticen dicho principio vulnerado sin pacto, vulgarmente.


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