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Por: Enrique Lequerica Otero
“Las políticas, no tienen que ser evaluadas por las intenciones, sino que tienen que ser evaluadas por los resultados” – Milton Friedman (1912-2006) economista
Gracias a Don Álvaro Mendoza Arango por compartir sus archivos sobre los temas fluviales.
El Artículo 331 en la Constitución Política de 1991, al texto dice “Créase la Corporación Autónoma Regional del Río Grande de la Magdalena encargada de la recuperación de la navegación, de la actividad portuaria, la adecuación y la conservación de tierras, la generación y distribución de energía y el aprovechamiento y preservación del ambiente, los recursos ictiológicos y demás recursos naturales renovables. La ley determinará su organización y fuentes de financiación, y definirá en favor de los municipios ribereños un tratamiento especial en la asignación de regalías y en la participación que les corresponda en los ingresos corrientes de la Nación”
En Documentos número 11 de Uninorte, el Dr. Eduardo Verano De la Rosa, constituyente, nos narra la historia del génesis de la Corporación y dice: “CORPORACION DEL RIO GRANDE DE LA MAGDALENA – Considero importante mencionar que también hubo una brevísima discusión durante el proceso de la Constituyente. Una media hora más. Fue el único tema que, sin haber sido estudiado, sin haber tenido ponencia alguna, sin que nadie lo hubiese tocado a lo largo de cinco meses de discusión, fue aprobado sin dificultad. Fue presentado el último día permitido para presentar un tema. Me refiero a La Corporación Autónoma Regional del Río Grande de la Magdalena, el artículo 331. El constituyente Álvaro Leyva trajo del archivo de su padre un gran libro de cuero repujado en el que decía “El Río Grande de la Magdalena”, donde recopilaba los estudios que se habían hecho sobre este río durante los últimos años, y era un libro del año 50. Inmediatamente lo miramos y nos dimos cuenta de la magnitud del trabajo que había que hacer en el río Magdalena. Era descomunal, y poco se había avanzado en 40 años. La única manera de hacerlo era a través de una gran Corporación con amplios poderes, con una visión diferente y un alcance integral. Redactamos entonces un artículo que fue aprobado inmediatamente, sin debates, y obtuvimos la mayoría de votos. Un caso insólito en la Constituyente. Esta Corporación va a permitir desarrollarnos no sólo a nivel regional en la Costa Atlántica, sino que tendremos un desarrollo en ambos sentidos: a nivel regional, o sea, horizontal, y por el río, a nivel vertical, con el resto del país. En la Costa tendremos que ser cabeza de estos grandes procesos. Sin embargo, Planeación Nacional está promoviendo que esa Corporación se divida en parte alta, media y baja del río, lo cual es una estrategia que se acomoda más a los intereses del interior. Con esa modalidad de organización perdería toda su importancia”. (subrayado fuera del texto original). O sea, con la mejor buena voluntad de los constituyentes, el Artículo solo fue sometido a una brevísima discusión de no mas de media hora y reconoce que fue el único tema aprobado sin dificultad a pesar de no haber sido estudiado ni debatido y carecer de ponencia; hoy al evaluar los resultados de CORMAGDALENA, es notoria la improvisación y falta de debate a un tema de tan alta importancia para la Nación.
La importancia del rio Grande de la Magdalena no está en discusión, es un regalo de la madre Naturaleza, es un obsequio del Creador. Su cuenca cubre 266.540 km2, cerca del 24%del territorio nacional y es habitada por ceca del 80% de la población, unos 35 millones de personas. A la cuenca están vinculados 20 departamentos de los 32 en que se divide Colombia, 128 municipios ribereños y 468 municipios no ribereños, para un total de 596 municipios, 31 Corporaciones Autónomas Regionales o Autoridades Ambientales y al menos, 43 resguardos indígenas y 12 Parques Naturales Nacionales Con respecto a los grandes ríos del mundo, el río Grande de la Magdalena, por su caudal medio de 7.400 m3/segundos, ocupa el lugar 29, pero con respecto a la relación entre el transporte de sedimentos y su caudal, ocupa el lugar 8. Desde tiempos precolombinos, fue la ruta obligada para comunicar la costa Caribe con las zonas andinas; los colonizadores españoles lo siguieron usando para adentrarse y colonizar el territorio, y los republicanos hemos disfrutado de sus bondades desde siempre. No hay discusión posible, y los honorables constituyentes supieron interpretar que la cuenca requería de una poderosa entidad que convirtiese en Política de Estado los tímidos y discontinuos programas de gobierno, de forma que, con las mejores intenciones del mundo, trazaron un concepto y sin debatirlo lo incluyeron en la naciente Constitución.
El 3 de Agosto de 1994, en las postrimerías de la administración de Cesar Gaviria y siendo ministro de Transporte Juan Gómez Martínez se firmó la Ley 161 “Por la cual se organiza la Corporación Autónoma Regional del Río Grande de la Magdalena, se determinan sus fuentes de financiación y se dictan otras disposiciones.” , y los legisladores, funcionarios y sectores interesados no se percataron de que la nueva Corporación solo cubría una pequeña parte de las subcuencas de los ríos Cauca y San Jorge, cuyas caudales promedio suman algo más de la tercera parte del caudal total del Magdalena; habían creado una cuenca lisiada, una Corporación desmembrada, una especie de Blas de Lezo fluvial.
Intentado copiar un modelo corporativo francés, la organizaron con una Junta Directiva de 18 miembros, 16 de los cuales son del sector público (ministros, gobernadores, alcaldes y otras dependencias) donde el requisito se basa en el cargo y no en la capacidad profesional del personaje nominado. Crearon una nueva Corporación Autónoma, pero sin propósitos definidos y sin tener dientes para convertirse en una verdadera Empresa Industrial y Comercial al estilo de la Comisión del río Ródano en Francia o de la Tennessee Valley Authority – TVA de los Estados Unidos; desde su creación CORMAGDALENA se convirtió en una entidad dependiente del Erario, a la que le fueron asignado labores no deseadas por el Ministerio de Transporte pero sin haber heredado los activos que se tenían en la era COLPUERTOS.
CORMAGDALENA no tiene control real sobre la cuenca del Magdalena, no conoce sobre los centenares de lagunas andinas, no controla ni cobra por el uso del agua en los embalses de su cuenca y es un invitado de piedra sobre las mas de 800 ciénagas en su cauce medio y bajo. CORMAGDALENA ya no contrata dragados, ni estructura las APP del río y su Canal del Dique, su capacidad de medición y monitoreo es mínima y prácticamente, al desaparecer la investigación, permanece a la espera de las veleidades del río y sus afluentes. No hay forma de presentar RESULTADOS pues ni siquiera tiene claros sus OBJETIVOS.
Seguir manteniendo vigente la Corporación a imagen y semejanza de la Ley 161 de 1994 es un total despropósito y un despilfarro de recursos; la solución no está en usar un generoso préstamo del BID para auto diagnosticarse y reformarse con sus propias ideas. La propuesta es relativamente sencilla y siempre oportuna, así:
- Formar un pequeño comité conformado con algunos de los constituyentes de 1991, un ingeniero por cada disciplina relacionado con los ríos, dos o tres navieros, y dos o tres notables dirigentes cívicos (no más de 18 personas) para que, en menos de 3 meses, revisen las intenciones y presenten la estructura conceptual del gran propósito para el aprovechamiento integral de la cuenca; el descomunal proyecto a elevar a política de Estado.
- A partir de la estructura conceptual, presentar un Proyecto de Ley que reforme la Ley 161 de 1994, creando a un nuevo CORMAGDALENA.
- Dotar a CORMAGDALENA con personal estable y de carrera, que muestren vocación por los ríos y que no dependan de los consabidos padrinos.
Propongo está idea con la invitación a mis lectores para enriquecerla con comentarios e ideas complementarias, pero sin mantener el concepto que el río solo es importante para navegar; el río es vida, agua potabilizable para consumo humano, para riegos de cultivos, para el cultivo de peces, pues de esas actividades si dependen millones de vidas en su cuenca. Abierto el debate.
La cuenca del río Magdalena es un don de la Naturaleza que se debe preservar para las próximas generaciones, por ello, merece y necesita ser administrado, a largo plazo, bajo una verdadera Política de Estado.
Nota: El contenido de este artículo, es libre, espontáneo y de completa responsabilidad del Autor. Enrique Lequerica Otero, Oficial de Marina – Consultor Marítimo.

