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Por: Jairo Eduardo Soto Molina, Doctor en Ciencias Humanas, Post Doctor en Alta Dirección y tecnología, Investigador social

Apoyo al comunicado de la ADT y rechazo a que la formalización laboral se desnaturalice mediante un concurso abierto que desconozca la trayectoria de quienes han sostenido durante años la docencia universitaria:

“Cuando el mérito se invoca sin transparencia, deja de ser un principio de justicia y puede convertirse en la máscara de los privilegios.”

La Asociación Sindical de Docentes, Directivos y Trabajadores de la Universidad del Atlántico —ADT— ha hecho público un comunicado de rechazo frente a la intención de reglamentar, mediante resolución rectoral, un concurso abierto para proveer cien plazas docentes, presentado institucionalmente como parte del proceso de formalización laboral. Comparto la preocupación central de ese pronunciamiento: la formalización no puede transformarse en una competencia abierta que borre la historia laboral, la experiencia acumulada y los derechos legítimos de quienes han sostenido durante años las funciones misionales de la Universidad.

El problema no es el mérito. Sería absurdo oponerse a que la universidad pública seleccione profesores idóneos, con formación académica, producción investigativa, experiencia pedagógica y compromiso institucional. El verdadero problema consiste en utilizar la palabra mérito como una fórmula incuestionable que, bajo una apariencia de igualdad, podría terminar desconociendo condiciones profundamente desiguales o legitimando un procedimiento previamente cuestionado.

El mérito auténtico necesita reglas claras, autoridades imparciales, perfiles construidos con criterios académicos y garantías efectivas para todos los participantes. Cuando esas condiciones están en duda, un concurso no corrige la desconfianza: puede multiplicarla.

Formalizar no es comenzar de cero

El Decreto 391 de 2025 fue expedido para diseñar e implementar planes de formalización laboral en las instituciones estatales de educación superior. Su objeto es avanzar hacia condiciones laborales dignas y estables y beneficiar al personal que se encuentra por fuera de la carrera docente o administrativa, desarrolla actividades misionales y posee vocación de permanencia. La norma reconoce expresamente la situación de profesores ocasionales, catedráticos y otras formas temporales de vinculación.

Es cierto que el decreto dispone que los empleos de carrera deben proveerse mediante concurso de mérito. Negarlo sería desconocer el texto normativo. Pero la misma disposición ordena que el plan de formalización estudie las necesidades reales de planta, garantice la participación de las organizaciones sindicales, contemple la experiencia relacionada de los docentes ocasionales y catedráticos y adopte medidas para minimizar los efectos negativos que la implementación pueda causar sobre el personal actualmente vinculado.

Por consiguiente, el debate no puede reducirse a una falsa disyuntiva entre concurso o ausencia de concurso. La cuestión fundamental es qué clase de concurso, bajo qué reglamento, con cuáles perfiles, qué valoración de la experiencia institucional, qué autoridades evaluadoras y qué controles de transparencia.

Un concurso abierto ordinario, desconectado del plan concertado de formalización, podría cumplir formalmente con el término mérito y, al mismo tiempo, traicionar el propósito material del decreto. Si se convocan las plazas como si no existieran profesores que han desempeñado durante diez, quince o más años actividades permanentes, no se estaría formalizando una realidad laboral: se estaría barajando de nuevo para que quienes han sostenido la universidad tengan que demostrar desde cero que merecen permanecer en ella.

La formalización no puede ser una lotería laboral.

¿Dónde quedó la concertación?

La Universidad del Atlántico instaló en septiembre de 2025 una Mesa de Seguimiento, Diseño e Implementación del Plan de Formalización Laboral. La propia institución anunció que esa instancia tendría participación sindical y que el proceso se desarrollaría con transparencia, equidad y diálogo. También indicó que el plan incluiría un diagnóstico de las necesidades de planta, las modalidades actuales de vinculación, las vacancias, los perfiles y las proyecciones financieras.

Posteriormente, la administración anunció la apertura de un concurso para cien nuevas plazas docentes y afirmó que se adelantaría en un contexto de diálogo institucional, concertación y rigor técnico. Según la información oficial, la Universidad posee 240 vacantes y solo alrededor del 30 % de sus profesores pertenece a la carrera docente.

Sin embargo, el comunicado de la ADT plantea una versión sustancialmente diferente. La organización sindical sostiene que en las mesas de formalización no fue aprobado un reglamento de concurso docente; afirma que el acuerdo alcanzado se limitó inicialmente a la oferta de cien plazas y que los perfiles académicos debían ser remitidos previamente a las organizaciones sindicales para su revisión y observaciones. También cuestiona que se adopten decisiones mientras están pendientes recusaciones relacionadas con integrantes del Consejo Académico y con el rector.

Esta contradicción debe ser aclarada públicamente.

No basta con afirmar que hubo concertación. Deben conocerse las actas, las propuestas presentadas, las observaciones sindicales, los acuerdos alcanzados y los desacuerdos pendientes. La transparencia no es un adjetivo que la administración pueda atribuirse a sí misma; es una condición verificable mediante documentos, publicidad de las decisiones y participación real de quienes serán afectados.

Si el reglamento no fue acordado, no debe presentarse como producto de la concertación. Si los perfiles no fueron socializados como se había establecido, deben devolverse al escenario participativo. Si existen diferencias entre la administración y las organizaciones sindicales, la obligación institucional es hacerlas públicas y resolverlas mediante garantías, no mediante hechos cumplidos.

Un contexto que obliga a extremar las garantías

Las dudas no aparecen en el vacío. Desde distintos espacios se han formulado advertencias sobre el riesgo de politización del concurso y sobre nombramientos o contrataciones que deberían ser explicados con claridad. En febrero de 2026, representantes docentes ya reclamaban que la formalización de catedráticos y ocasionales con largos años de servicio debía preceder a cualquier convocatoria que ignorara su trayectoria. También denunciaron posibles exclusiones de espacios institucionales de vigilancia. Estas son afirmaciones que deben investigarse con debido proceso, no hechos que puedan darse anticipadamente por probados; pero su existencia exige reforzar la transparencia.

En junio fue radicada ante la Procuraduría una recusación contra el rector, relacionada con cuestionamientos por presuntos nombramientos y contrataciones durante el proceso de intervención. La Asamblea del Atlántico también solicitó información sobre posibles vinculaciones y pidió estudiar la conveniencia de abstenerse de efectuar nuevos nombramientos mientras se aclaraba la situación. La Procuraduría y las instancias competentes tendrán que determinar si existe o no fundamento jurídico; entretanto, la Universidad debe actuar con especial prudencia para proteger la legitimidad de sus decisiones.

A estas circunstancias se suman las advertencias que han realizado periodistas como Roberto Rosanía y Helman Hincapié, cuyas intervenciones han alimentado un debate público que la administración no debería despreciar ni responder mediante descalificaciones. He recibido, igualmente, una comunicación personal del profesor Ernesto Díaz Estrada en la que expresa inquietudes que merecen atención institucional. Estas voces no constituyen por sí mismas una sentencia contra nadie, pero sí forman parte de un clima de desconfianza que debe ser atendido con hechos verificables.

También resulta significativo el pronunciamiento de sectores estudiantiles. Estudiantes vinculados con las facultades de Ciencias Humanas y Ciencias de la Educación han advertido que un concurso docente no equivale automáticamente a formalización laboral. Esa distinción es central: crear cargos puede ser parte de la formalización, pero abrirlos sin una ruta que reconozca al personal actualmente precarizado puede producir reemplazo, no estabilidad.

La universidad no debe temer la crítica de sus estudiantes. Debe escucharla.

Mérito sí, pero mérito de verdad

Defender a los profesores ocasionales y catedráticos no significa pedir nombramientos automáticos ni entregar plazas sin evaluación. Significa reconocer que el mérito no se limita a títulos obtenidos, artículos contabilizados o certificaciones acumuladas. También existe mérito en haber sostenido programas académicos durante años, orientar estudiantes, construir proyectos curriculares, acompañar procesos de acreditación, investigar con recursos limitados y mantener vínculos con las comunidades.

La experiencia institucional no puede convertirse en una nota marginal. El Decreto 391 ordena contemplar la experiencia relacionada acreditada de docentes ocasionales y catedráticos al definir los perfiles. Esa disposición debe traducirse en ponderaciones reales y no en reconocimientos simbólicos incapaces de incidir en el resultado.

Un proceso legítimo debería asegurar, como mínimo:

Primero, la publicación completa de las actas de la Mesa de Formalización y de las observaciones presentadas por las organizaciones sindicales.

Segundo, la suspensión de decisiones reglamentarias definitivas hasta que sean resueltas las recusaciones pendientes por las autoridades competentes, sin prejuzgar sobre su resultado.

Tercero, la construcción pública y concertada de los perfiles, evitando requisitos excesivamente específicos que puedan favorecer o excluir anticipadamente a determinadas personas.

Cuarto, la participación de jurados externos e independientes, seleccionados mediante mecanismos verificables y con declaración pública de conflictos de interés.

Quinto, la valoración sustantiva de la experiencia docente, investigativa, administrativa y comunitaria adquirida dentro de la propia Universidad.

Sexto, la publicación de puntajes, criterios de evaluación, reclamaciones y respuestas debidamente motivadas.

Séptimo, el acompañamiento del Ministerio de Educación, el Ministerio del Trabajo, los órganos de control, las representaciones profesorales, estudiantiles y sindicales.

Octavo, la creación de una veeduría ciudadana y universitaria que acompañe cada fase del procedimiento.

Estas exigencias no debilitan el mérito. Lo protegen frente a la sospecha de captura política, favoritismo, perfiles dirigidos o utilización instrumental de los concursos.

No se puede formalizar expulsando

La Universidad del Atlántico necesita más profesores de carrera. Su composición actual, con una minoría de docentes vinculados establemente, revela una precarización prolongada que afecta la calidad académica, la investigación, el bienestar profesoral y la continuidad de los procesos institucionales. En ese diagnóstico existe un consenso amplio.

Pero la solución no puede consistir en desplazar a quienes fueron contratados temporalmente durante años para atender necesidades que, en realidad, eran permanentes. Sería éticamente contradictorio que la institución utilizara décadas de trabajo ocasional y, cuando finalmente recibe recursos para formalizar, convocara un proceso como si esas personas nunca hubieran existido.

No se formaliza sustituyendo a los precarizados por nuevos trabajadores.

No se dignifica la docencia obligando a quienes han entregado una parte sustancial de su vida académica a competir bajo reglas que no reconocen esa historia.

No se fortalece la universidad sembrando entre sus profesores la incertidumbre de que toda su trayectoria puede ser borrada mediante una convocatoria presentada como nuevo comienzo.

La formalización debe corregir una injusticia estructural, no administrar su desenlace.

Una pausa responsable no es obstrucción

Algunos podrán interpretar este pronunciamiento como oposición al crecimiento de la planta profesoral. No lo es. La Universidad necesita cubrir sus vacantes y fortalecer sus facultades. Pero hacerlo rápidamente no es más importante que hacerlo legítimamente.

Suspender temporalmente la expedición del reglamento hasta aclarar las recusaciones, publicar las actas, concertar los perfiles y establecer garantías independientes no representa un sabotaje. Es una pausa responsable destinada a impedir que un proceso histórico nazca bajo cuestionamientos que podrían perseguirlo durante años.

Un concurso universitario debe ser no solo legal, sino creíble. La comunidad necesita confiar en que los ganadores obtuvieron sus plazas por sus capacidades y no por relaciones políticas, perfiles confeccionados, jurados cercanos o decisiones tomadas en espacios cerrados.

La confianza no se decreta mediante resolución rectoral. Se construye.

En defensa de la universidad pública

Mi respaldo al comunicado de la ADT no implica declarar culpable a ninguna persona ni anticipar decisiones que corresponden a la Procuraduría, a los jueces o a los órganos universitarios competentes. Significa defender el principio elemental de que, cuando existen cuestionamientos razonables sobre imparcialidad, participación y procedimiento, las autoridades deben abstenerse de acelerar decisiones irreversibles.

La autonomía universitaria tampoco puede emplearse como refugio frente a la vigilancia pública. La Universidad del Atlántico es una institución estatal, financiada por la sociedad y obligada a actuar con transparencia, igualdad, participación y responsabilidad. La autonomía protege la libertad académica y el autogobierno; no autoriza a desconocer los controles ni los acuerdos construidos con los trabajadores.

El mérito debe ser defendido, pero liberado de su uso retórico. Mérito no es abrir una convocatoria y dejar que sobreviva quien pueda. Mérito es evaluar con justicia, reconocer trayectorias, impedir privilegios y garantizar que ninguna autoridad pueda inclinar la balanza.

Por eso apoyo el pronunciamiento de la ADT. Por eso considero inconveniente avanzar hacia un concurso abierto ordinario mientras persistan dudas sobre el reglamento, la concertación, los perfiles, las recusaciones y la independencia de quienes tomarán las decisiones.

La Universidad del Atlántico tiene ante sí una oportunidad histórica: formalizar a quienes han sostenido su misión, fortalecer su planta y demostrar que una institución pública puede seleccionar con rigor sin sacrificar la justicia laboral.

Pero también enfrenta un riesgo: que la palabra mérito termine utilizada para legitimar un proceso que la comunidad no reconoce como transparente.

Todavía estamos a tiempo de evitarlo.

Formalización sí. Mérito sí. Pero con concertación real, imparcialidad comprobable, reconocimiento de las trayectorias y vigilancia pública. Porque un concurso sin confianza puede llenar vacantes, pero también puede vaciar de legitimidad a la Universidad.

Cita al cierre: “La universidad pública no se dignifica reemplazando a quienes la han sostenido, sino reconociendo su trayectoria y garantizando que ninguna decisión esté por encima de la justicia.”

Yoyito Sabater

NOTA: LO ESCRITO AQUÍ, ES DE COMPLETA RESPONSABILIDAD DEL AUTOR: JESM